
Si estás pensando en construir una piscina privada, es fundamental entender qué tipo de IVA se aplica a este proyecto y cómo afecta a tu presupuesto. En España, las piscinas se consideran bienes de lujo y, por lo tanto, están sujetas al tipo impositivo general del 21%. Además, hay otros aspectos fiscales y legales que debes tener en cuenta, como el impacto en el Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) y los trámites necesarios para inscribir la piscina en el Catastro.
Muchos clientes contactan con Piscinas OSCER siendo autopromotores que gestionan la contratación de diferentes oficios para construir su vivienda, aprovechando el tipo de facturación al 10%. Sin embargo, cuando llega el momento de incluir la piscina, esto no es aplicable, al igual que ocurre con las pistas de pádel, algunos porches y otras instalaciones similares.
Aquí te explico todo en detalle.
¿Qué dice el BOE sobre el IVA de las piscinas?
Veamos el tema legar como está respecto al IVA aplicable a la construcción de una piscina.
El IVA (Impuesto sobre el Valor Añadido) es un impuesto indirecto que se aplica a la mayoría de bienes y servicios en España. Su regulación está recogida en el Real Decreto Legislativo 7/1992, de 27 de diciembre, y se desarrolla en la Ley 37/1992, de 28 de diciembre. De acuerdo con estas normativas:
«Las piscinas no se consideran edificios o partes de los mismos destinados a vivienda. El tipo impositivo aplicable será el 21 por ciento.»
Esta clasificación coloca a las piscinas privadas en la categoría de bienes de lujo o no esenciales, por lo que están sujetas al IVA general del 21%.
Esto se confirma también en la siguiente resolución vinculante:
Resolución vinculante de la Dirección General de Tributos
En la Resolución vinculante de la Dirección General de Tributos, de 31 de marzo de 1986 (BOE de 16 de abril, página 13602), se especifica lo siguiente:
«La aplicación del tipo impositivo reducido no se extiende a las ejecuciones de obras que tengan por objeto la construcción de piscinas o instalaciones deportivas, aunque se contraten directamente con el promotor de una edificación.»
Esto significa que, independientemente de si la piscina está asociada a una vivienda habitual o se incluye en una reforma integral, siempre se aplicará el IVA general del 21%.
En resumen la piscina además de un bien de lujo, no es una zona habitable, por lo que en ningún caso se puede aplicar el IVA al 10%. La construcción de la piscina siempre irá sujeta a un 21% de IVA.
¿Cuánto IVA pagarás por construir una piscina privada?
El IVA aplicable al presupuesto de construcción de una piscina privada será del 21% sobre el importe total, que incluye materiales, mano de obra y elementos decorativos. Veamos un ejemplo práctico:
Cálculo del IVA en una piscina privada
Presupuesto base: 30,000 €
IVA (21%): 30,000 € x 0.21 = 6,300 €
Total: 36,300 €
Este porcentaje se aplica de manera uniforme a cualquier tipo de piscina privada, independientemente de su tamaño, diseño o ubicación.
No es estrictamente necesario aclararlo, o al menos eso pienso, pero creo que es importante explicarlo para mayor transparencia. En Piscinas OSCER actuamos como intermediarios en la recaudación del IVA, siguiendo las normativas establecidas por Hacienda. De los 6.300 € en concepto de IVA, primero descontamos el IVA correspondiente que pagamos al adquirir los materiales para la construcción de tu piscina. El importe restante se liquida posteriormente en las declaraciones trimestrales obligatorias, cumpliendo así con nuestras responsabilidades fiscales. Esto asegura que el proceso sea totalmente legal y claro para todas las partes involucradas.
Otros puntos a tener en cuenta al construir una piscina
Construir una piscina no solo implica asumir el coste del IVA. También hay otros aspectos fiscales y legales que debes considerar antes de iniciar el proyecto. Aquí te detallo los más importantes:
1. Impacto en el Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI)
La construcción de una piscina afecta al IBI, ya que incrementa el valor catastral de la vivienda. Este aumento depende tanto de las características de la piscina como del inmueble en el que se construya.
Incremento del valor catastral: Entre un 5% y un 15%.
Aumento del pago del IBI: Entre un 5% y un 10% respecto a lo que se venía pagando anteriormente.
Por ejemplo, si pagabas 500 € anuales de IBI antes de construir la piscina, el nuevo importe podría oscilar entre 525 € y 550 €.
Además, este aumento de valor tiene un impacto significativo si en algún momento decides vender tu casa. La construcción de una piscina no solo mejora la calidad de vida y el disfrute diario de los propietarios, sino que también incrementa el valor de mercado de la vivienda.
Esto se debe a que las piscinas son características muy demandadas que elevan el atractivo de una propiedad, especialmente en zonas donde el clima permite disfrutarlas gran parte del año.
Por este motivo, muchos de nuestros clientes consideran la construcción de una piscina no solo como un lujo o un capricho, sino como una inversión estratégica que no solo mejora su hogar, sino también su potencial de revalorización futura.
2. Inscripción en el Catastro
Después de construir la piscina, tienes un plazo de dos meses para inscribirla en la Dirección General del Catastro. Este trámite es obligatorio y requiere la presentación del modelo 902N, un documento que declara la construcción, ampliación, reforma o rehabilitación de bienes inmuebles.
¿Dónde presentar el modelo 902N?
En las oficinas del Catastro.
En el ayuntamiento del municipio donde se ubique la propiedad.
En la delegación de Hacienda correspondiente.
3. Registro de la Propiedad
Aunque no es obligatorio, inscribir la piscina en el Registro de la Propiedad es altamente recomendable, ya que esto dota a la construcción de validez legal frente a terceros. La inscripción requiere la presentación de:
Escritura pública de declaración de obra nueva, firmada ante notario.
Registrar la piscina puede ser útil en situaciones como ventas futuras o ante disputas legales.
4. Otros impuestos y trámites relacionados
Además del IVA, hay otros impuestos y tasas que pueden afectar al coste total del proyecto:
Tasas municipales: Relativas a la licencia de obra.
Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO): Calculado como un porcentaje del presupuesto base de la obra.
Antes de iniciar las obras de tu piscina, es fundamental que te informes sobre todos los aspectos legales relacionados con su construcción. Desde licencias y permisos hasta normativas locales específicas, cumplir con estos requisitos no solo garantiza que el proyecto se desarrolle sin contratiempos, sino que también evita posibles sanciones o problemas legales en el futuro. Para más información sobre este tema, visita nuestro artículo detallado en Licencias y permisos municipales antes de construir tu piscina.
¿Qué pasa con las rehabilitaciones o reformas de piscinas?
El IVA general del 21% también se aplica a trabajos relacionados con la rehabilitación o mejora de una piscina privada.
Esto incluye:
Cambios en el revestimiento o estructura de la piscina.
Sustitución de sistemas hidráulicos, eléctricos o de depuración.
Instalación de nuevos elementos decorativos, como cascadas o iluminación LED.
Aunque estas reformas mejoran la funcionalidad o la estética de la piscina, no afectan a la habitabilidad de la vivienda, por lo que no cumplen los requisitos para acogerse al IVA reducido del 10%.
Consulta oficial en el BOE
Si deseas más información sobre la normativa fiscal que regula el IVA y otros impuestos relacionados con las piscinas, puedes consultar las siguientes referencias:
Resolución vinculante en el BOE, página 13602 (BOE-S-1986-91-2).
La construcción de una piscina privada está gravada con un IVA del 21%, sin excepciones, ya que no se considera un elemento habitable. Además, es importante tener en cuenta otros factores fiscales, como el impacto en el IBI y la inscripción en el Catastro, para cumplir con todas las normativas legales.
En Piscinas OSCER, no solo diseñamos piscinas únicas y exclusivas, sino que también te asesoramos en todos los aspectos fiscales y legales de tu proyecto. Contáctanos y transforma tu jardín en un espacio de lujo hecho a tu medida.
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